Con estas palabras: "invocando el nombre de Dios Todopoderoso", el Decreto Supremo N 1.150 de 1980 (publicado en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1980) determinó que se tuviera por aprobada la Constitución Política de la República de Chile.
Se repetía así una postura que ha sido constante en los instrumentos constitucionales chilenos.
El instrumento jurídico más importante del Estado comienza con una invocación, es decir, con una oración.
Nada más natural en un país de creyentes que alabar al Señor en el inicio de una tarea: una palabra de bendición.
Se nos olvida a menudo a los constitucionalistas lo que no escapó a nuestros Constituyentes: la piedra angular de todo derecho es la Constitución, así como la piedra angular del derecho es el derecho natural y la piedra angular del derecho natural es aquella luz inscrita en el corazón del hombre por Dios.
Mientras los Constituyentes sostienen la sentencia latina:
"Veritas, non potestas facit legem",("La Verdad, no el poder hace la ley") pareciera que nosotros enseñáramos todo lo contrario: "Potestas, non Veritas facit legem" ("El poder, no la Verdad hace la ley").
Está claro que este olvido o este trágico desencuentro llevó al país a los excesos que hoy lamentamos, por mucho que inscribimos en el artículo primero de la Constitución "que hay derechos anteriores al Estado", ello no se cimenta bien si se tiene lo religioso sólo como una opción de ligazón personal (artículo 19 N 6) y se olvida que la existencia humana lleva en sí la huella de lo divino, la relación a Dios Creador, aquello que sí reconoce la invocación escrita en la Constitución chilena.
Sabemos que en el Acta de la Independencia de Chile, la declaración solemne a nombre de los pueblos fue hecha por Bernardo O'Higgins, Miguel Zañartu, Hipólito de Villegas y José Ignacio Zenteno el 1 de enero de 1818, en el palacio directorial de Concepción. Pero olvidamos decir que expresa: "declarar solemnemente a nombre de ellos (los pueblos), en presencia del Altísimo, y hacer saber a la confederación del género humano que el territorio continental de Chile y sus islas adyacentes forman de hecho y por derecho un estado libre, independiente y soberano".1
El santo nombre de Dios aparece en el juramento que prestaron los Convencionales el día de la instalación de la Convención, así como las dos Cámaras del Congreso al reformar la Constitución de 1828 y el Poder Ejecutivo al recibir el texto, según el Decreto a 1 de octubre de 1831 firmado por Joaquín Prieto y Ramón Errázuriz.
Finalmente la Constitución de 1833 fue promulgada por Joaquín Prieto y Joaquín Tocornal, Ministro de Estado en los departamentos del Interior y Relaciones Exteriores "en nombre de Dios Todopoderoso, Creador y Supremo Legislador del Universo."
En la Constitución de 1980, el tema de la invocación al Todopoderoso no planteó problemas. El General Pinochet hizo una exposición al país el 10 de agosto de 1980 convocando a un plebiscito para que se pronuncien los chilenos sobre la aprobación o rechazo del texto constitucional propuesto por la Junta de Gobierno. Acabó diciendo: "Al terminar estas palabras, invoco a Dios Todopoderoso para que ilumine a todos los chilenos en esta definición trascendental de nuestra existencia histórica y para que Él continúe guiando esta Nación tan querida, por la ruta libre, grande y soberana que trazaron para ellos los "Padres de la Patria".
Esto ya se encontraba en la Declaración de Principios del Gobierno de Chile: "El hombre tiene derechos naturales anteriores y superiores al Estado. Son derechos que arrancan de la naturaleza misma del ser humano por lo que tienen su origen en el propio Creador. El Estado debe reconocerlos y reglamentar su ejercicio, pero no siendo él quién los concede, tampoco podría jamás negarlos" (11 de marzo de 1974).
Así, entonces, yo diría con Chesterton, que la invocación de Dios Todopoderoso es no sólo un homenaje a Dios, sino también un homenaje al Hombre Común.
Nuestro Hombre Común es creyente y como tal va a las raíces y espera que sus gobernantes, si quieren constituir algo perdurable, comiencen con lo único fundante, Dios Todopoderoso.
Chesterton ha señalado que el Hombre Común es víctima de una serie de tiranías.
Probablemente de toda la Constitución hay dos cosas que la gente común entendería: Dios y la familia.
Dice Chesterton: "El Hombre Común es mucho más probable que quiera fundar una familia. Y es exactamente allí donde es muy posible que los emancipadores modernos comiencen a frustrarlo: en nombre del progreso, en nombre de infanticidio".8
Sabemos que la Constitución de la Unión Europea no menciona a Dios.
De esta elite europea ha surgido la negativa a colocar el nombre de Dios en la Constitución Europea y la posición de negar las raíces cristianas de su cultura.
Juan Pablo II se ha quejado amargamente de lo primero y de lo segundo. Respecto de lo primero ha dicho al referirse a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión europea: "La Iglesia ha seguido con viva atención los hechos de la elaboración de tal documento. Al respecto no puedo esconder mi desilusión por el hecho que no haya sido insertado en el texto de la Carta ni siquiera una referencia a Dios, en el que, sin embargo, está la fuente suprema de la dignidad de la persona humana y sus derechos fundamentales.10
Respecto de lo segundo ha dicho: "No se puede dudar de que la fe cristiana es parte, de manera radical y determinante, de los fundamentos de la cultura europea. En efecto, el cristianismo ha dado forma a Europa, acunando en ella algunos valores fundamentales".
Finalmente en el Preámbulo de la Constitución de la Unión Europea se dice sin referirse al cristianismo ni a Dios: "Inspirándose en la herencia cultural, religiosa, y humanista de Europa, a partir de la cual se han desarrollado los valores universales de los derechos inviolables e inalienables de la persona humana, la democracia, la igualdad, la libertad y el Estado de Derecho".
Las Constituciones Europeas que contienen una invocación a Dios son:
- La de Irlanda : "En nombre de la Santísima Trinidad, de quien procede toda autoridad y a quién revierten como destino último todas las acciones tanto de los Estados como de los hombres, Nosotros, el pueblo de Irlanda, en humilde reconocimiento de todas nuestras obligaciones con Nuestro Señor Jesucristo, que mantuvo a nuestros padres en siglos de pruebas..."
- La de Alemania : "Consciente de su responsabilidad ante Dios y ante los hombres y animado de preservar su unidad nacional y política y de servir a la paz del mundo como miembro con igualdad de derechos en una Europa libre..."
-La de Albania: "Nosotros, el pueblo de Albania, orgullosos y conscientes de nuestra hisoria, con responsabilidad por el futuro, y con fe en Dios...
-La de Grecia: "En el nombre de la Santísima Trinidad, consustancial e indivisible...
-La de Suiza : "En el nombre de Dios Todopoderoso, la Confederación Suiza, deseosa de fortalecer la alianza de los confederados, de mantener y aumentar la unidad, la fuerza y el honor de la nación Suiza..."
-La de Ucrania: "...conscientes de nuestras responsabilidades delante de Dios, de nuestra propia conciencia, y de las generaciones del pasado, presente y futuro..."
Queridos amigos:
Les invito a mirar, con dolor y consternación, los 80 muertos en el atentado del 14 de julio en Francia, tendidos en el pavimento, y decidir si es mejor...
- Seguir los caminos trazados por Dios en sus Mandamientos
- o agonizar delante del putrefacto altar del "dios dinero".
TODAVÍA HAY TIEMPO PARA CORREGIR EL RUMBO QUE ESTÁ TOMANDO LA HUMANIDAD
Cordiales saludos:
Dr. Francisco Oliveira y Silva